Qué es el RUT
El RUT es el Registro Único Tributario, un mecanismo único que identifica, ubica y clasifica a las personas y entidades que sean contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta y no sean contribuyentes declarantes de ingresos y patrimonio, los responsables del régimen común y los que pertenecen al régimen simplificado, los agentes retenedores, exportadores, importadores y demás usuarios de la aduana, así como los demás sujetos de obligaciones administradas por la U.A.E. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN, respecto de las que esta necesite que sean inscritas.
El NIT es el Número de Identificación Tributaria que asina la DIAN por una sola vez cuando la persona obligada se incribe en el RUT. La confirmación del NIT es competencia de la DIAN.
El RUT, para que pueda ser avalada e identificada la actividad económica ante terceros con quienes tenga una relación comercial, económica o laboral en general y ante los diferentes entes responsables de la supervisión y el control, este documento le señala sus obligaciones frente al Estado Colombiano. La DIAN además hace que pueda contar con una información veraz, clasificada, seguro y actualizada de todos los sujetos que estén obligados a inscribirse en el mismo, desarrollando una gestión efectiva en materia de recaudación, control y servicio con la que se facilite el cumplimiento de las obligaciones tributarias, cambiarias y aduaneras, así como hacer más simples los trámites y reducción de los costos.
¿Quiénes deben inscribirse en el RUT?
- Las personas y entidades que tengan la calidad de contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta y complementario de ganancias ocasionales, y demás impuestos administrados por la U.A.E Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN.
- Los inversores extranjeros obligados al cumplimiento de deberes formales.
- Las sucursales en Colombia de personas jurídicas o entidades extranjeras.
- Las personas naturales que actúan en calidad de representantes legales, mandatarios, delegados, apoderados y representantes en general.
- Las personas y entidades no contribuyentes declarantes de ingresos y patrimonio y las personas naturales y jurídicas del régimen simplificado del impuesto al consumo.
- Los responsables del impuesto sobre las ventas pertenecientes a los regímenes común o simplificado;
- Las personas o entidades no responsables del impuesto sobre las ventas, que requieran la expedición de NIT cuando por disposiciones especiales estén obligadas expedir factura, o como consecuencia del desarrollo de una actividad económica no gravada;
- Los responsables del impuesto al consumo.
- Los responsables del impuesto nacional a la gasolina y a.1 ACPM;
- Los agentes retenedores,
- Los importadores, exportadores y demás usuarios aduaneros;
- Los profesionales de compra y venta de divisas en efectivo y cheques de viajeros;
- Los obligados a declarar el ingreso o salida del país de divisas o moneda legal colombiana en efectivo;
- La U.A.E Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN podrá requerir la inscripción de otros sujetos diferentes de los enunciados en los literales anteriores, para efectos del control de las obligaciones sustanciales y formales que administra.
Hay que tener en cuenta
A efectos de las operaciones de importación, exportación o de tránsito en aduanas, no debe inscribirse en el RUT los siguientes usuarios aduaneros:
- Los extranjeros no residentes,diplomáticos y misiones diplomáticas, misiones consulares y técnicas acreditadas en Colombia, los sujetos al régimen de viajeros y menajes. Los transportadores internacionales que no sean residentes. Las personas naturales destinatarias o remitentes de mercancías que estén bajo la modalidad de tráfico de tipo postal o envíos urgentes, salvo cuando usen la modalidad de importación o exportación de expediciones comerciales.
Estos usuarios aduaneros Se pueden identificar con el número de pasaporte, identidad o con el número del documento donde venga acreditada la misión. Todo lo anterior sin perjuicio de la inscripción que deban cumplir en virtud de otras responsabilidades u obligaciones a las que puedan estar sujetos.
¿Cuándo debe uno inscribirse en el RUT?
- Al iniciar la actividad económica.
- Al cumplir de obligaciones administradas por la DIAN.
- A la realización de operaciones en calidad de importador, exportador o usuario aduanero.
- Las personas naturales que en el correspondiente año gravable adquieran la calidad de declarantes del impuesto sobre la renta y complementarios, tendrán plazo para inscribirse en el Registro Único Tributario hasta la fecha de vencimiento prevista para presentar la respectiva declaración.
La inscripción en el RUT tiene los siguientes puntos:
- Diligenciamiento del formulario oficial
- Presentación ante la Administración y demás puntos habilitados para el efecto
- Formalización de la inscripción.
El formulario puede rellenarse entrando en la página Web de la DIAN, www.dian.gov.co, o asistido por un funcionario acreditado en los puntos de atención autorizados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Las personas naturales que estén radicadas en el exterior diligenciarán su formulario en internet en la página de DIAN: www.dian.gov.co
En cuanto tengas el formulario que ponga «En trámite» o «En trámite para asistir» lo remites electrónicamente a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales utilizando la opción «Enviar» que ofrece el sistema. Este sistema genera un formulario que está diligenciado, solo tienes que imprimirlo, firmarlo y llevarlo al Consulado el día que te diga el correo electrónico que recibirás.
Una vez formalizado, el funcionario del Consulado entrega una copia al interesado y la otra la remitirá por correo al Despacho de la Administración de Personas Naturales de Bogotá D. C., Cl. 75 # 15 – 43/49.
El mismo procedimiento debe agotarse cuando se trate de actualización o cancelación del RUT.
Contacto y atención
Las consultas pueden efectuarse a la Subdirección de Recaudación de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, Teléfonos: 607 92 23, 607 92 24, 607 80 83, y 607 94 89 o ir a la pagina web : www.dian.gov.co
si soycontratista y me gano 1000000 de pesos mensuales estoyobligado apagar retefuente ,iva
ya salio el pase actualisado
Soy conductor pero para cualquier trámite bancario me piden el rut como hago para inscribirme
Si deseo asignar otra actividad económica, lo puedo realizar en la página directamente o debo dirigirme a una oficina; persona natural?
Quisiera actualizar mis datos para poder obtener mi RUT. Gracias
el RUT tiene algún costo?
NO TENGO LA CLAVE Y NO PUEDO ACCEDER ,PARA SOLICITAR UNA COPIA DE MI RUT.
MI CORREO ELECTRÓNICO ES matealsa13@hotmail.com .Les agradecería cualquier información al respecto .O SI ES POSIBLE QUE ME ENVÍEN EL RUT A MI CORREO. GRACIAS
nesecito un certificado del rut
como me busco en el rut
como hago para sacar el rut
requiero contraseña para sacar copia del rut como hago favor contestarme al correo hergon55@hotmail.com
Me inscribí para obtener el RUT pero dicen que no hay citas disponibles en Medellín y pasado mañana lo debe llevar para trabajar., qué puedo hacer
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Me inscribí para obtener el RUT pero dicen que no hay citas disponibles en Medellín y pasado mañana lo debe llevar para trabajar., qué puedo hacer
Me inscribí para obtener el RUT pero dicen que no hay citas disponibles en Medellín y pasado mañana lo debe llevar para trabajar., qué puedo hacer
Necesito una copia de mi RUT, veo que muchas personas tienen la misma situacion pero no hay respuesta, a quien debo acudir?
Buenas tardes es para ver si me colaboran, yo el 12 de este mes tuve cita con la Dian para el certificado del rut y hasta la fecha de hoy no e tenido ninguna respuesta, yo si quiero saber si fue que quedo faltando algo y cual seria el paso a seguir les agradezco mucho estaré atentan a sus respuesta.